Las indemnizaciones que para resarcir gastos derivados de comisiones de servicio y de acuerdo con la legislación vigente deban satisfacerse a miembros de los órganos de gobierno, funcionarios, personal laboral, eventual y contratado. Se imputarán a este concepto las indemnizaciones reglamentarias por asistencia a tribunales y órganos colegiados y, en general, por concurrencia personal a reuniones, consejos o comisiones.
Categoría | Porcentaje | Cantidad |
---|---|---|
Dietas | 99,90% | 1.001 € |
Locomoción | 0,10% | 1 € |
No hay distribución asociada a esta partida.